Una ley para generar empleo


Diario La Nación, Domingo 16 de Julio de 1995 - Por Guillermo Hunt


Las pequeñas y medianas empresas constituyen el sector más dinámico y el principal generador de empleo en las economías de los países más desarrollados. En la Argentina, son actores claves del actual proceso de transformación de nuestra economía; las Pymes de la industria ocupan un 65% de la mano de obra empleada y realizan una contribución al PBI sectorial no menor al 45% acentuándose aún más estos porcentajes en el agro y el comercio.

El crecimiento económico, la generación creciente de empleos, la consolidación de mercados transparentes, una equitativa distribución de la riqueza y la participación de las economías regionales en este proceso, solo serán sostenibles en el largo plazo si nuestro país desarrolla un sector de Pymes fuerte, dinámico y con capacidad de competir en una economía integrada al mercado Internacional.

Consciente de ello, el Gobierno nacional en conjunto con las cámaras empresarias representantes de las Pymes y la C.G.T., elevo al Congreso el proyecto de ley conocido como Estatuto Pyme (Ley nº 24.467) que fue recientemente aprobado por el Congreso de la Nación.


El objetivo del Estatuto Pyme es claro: estimular el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas a lo largo y ancho del país. Para ello la ley prevé una multiplicidad de herramientas orientadas a facilitar tres cuestiones clave: la financiación, el asesoramiento y la generación de empleos.

Sin antecedentes

No existen antecedentes en la legislación Argentina de una ley que enfoque la problemática Pyme de manera integral; ésta es la primera vez que las pequeñas y medianas empresas de nuestro país tienen una legislación diferenciada y abarcativa de todas las cuestiones que atañen a su desarrollo.

Las cuestiones relativas al financiamiento son tratadas por la ley con tres tipos de herramientas de diferente carácter, pero todas ellas orientadas a mejorar el acceso de las Pyme al crédito a saber:

  •          Créditos con tasa de interés bonificada para capital de trabajo adquisición de bienes de capital y reconversión productiva. Estos créditos ya están disponibles (se licitaron 2000 millones de dólares en el último año y medio), pero ahora se amplía su objeto y su sostén jurídico.
  •           Instrumentos de mercado de capitales, tales como las cédulas hipotecarias y las obligaciones negociables con procedimientos especial y simplificado para pequeñas y medianas empresas. También en el ámbito privado se estimulara la constitución de calificadoras de riesgo especializadas en evaluar el desempeño, la solidez y el riego crediticio de las Pyme con el objeto de facilitar su operatoria financiera y comercial.
  •         Las Sociedades de Garantía Recíproca  (SGR), a las que la ley les dedica enteramente su Título II y que constituyen una herramienta orientada específicamente a superar el problema de las garantías, que en muchos casos y especialmente en la industria, constituye el cuello de botella en el acceso al financiamiento por parte de las Pyme.


Acceso al crédito

El esquema de las Sociedades de Garantía Recíproca, utilizado en varios países de la Unión Europea, tiende a facilitar el acceso al crédito y a abaratar las tasas de interés.

Ello se logra de las siguientes maneras:

  •           Diversificando el riesgo mucho más que en la actualidad (donde la relación es solo bilateral entre banco y la Pyme).
  •          Asegurando una valuación ponderada de las contragarantías que las Pyme les ofrezcan a las SGR (no como en la actualidad donde solo se consideran las garantías que ofrece la Pyme a precio de remate).
  •           Penalizando severamente el incumplimiento por parte de la Pyme (son expulsadas de la SGR si no pagan).
  •         Asegurando al banco el rápido cobro en caso de incumplimiento (pues con los contratos de garantía son títulos ejecutivos de carácter liquido exigibles a su vencimiento).
  •          Mejorando el conocimiento de las empresas por parte de los bancos (estos pueden ser también socios de las SGR).
  •           Optimizando la calidad de los proyectos de las Pyme  pues éstas podrán ser asesoradas en su gestión por las SGR).

Si bien la financiación es clave para el devenir de las Pyme, no lo es menos el asesoramiento, la capacitación, la consultoría, en fin, la “brújula” que las pequeñas y medianas empresas necesitan para orientar sus pasos en el horizonte complejo de esta economía globalizada.

En este aspecto, la ley prevé la creación del sistema único integrado de información y asesoramiento para las Pyme, el cual tendrá cobertura nacional, participando del mismo las provincias y los municipios así como las entidades empresariales.

Esta ley al fortalecer las Pymes, es un paso importante en el camino para solucionar en la Argentina el flagelo social del desempleo que afecta a muchos países del mundo.


Promover el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas es asegurar la igualdad de oportunidad; es asimismo garantizar el desarrollo del interior; es, en definitiva, trabajar por un crecimiento económico equitativo y sostenido en el tiempo. La ley de la Pequeña y Mediana Empresa constituye sin duda un punto de inflexión en esta tarea.

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